martes, 23 de marzo de 2010

Decreto 003/10 Reforma Constitucional

Por cuanto la nueva situación adminmistrativa del Reino de Buenos Aires lo amerita, según lo estipulado en la Ley 3911 de División Administrativa del Reino de Buenos Aires, y de acuerdo a lo establecido en el Artículo 134 de la Constitución Nacional, el Poder Ejecutivo Nacional decide lo siguiente:

Art. 1 - Se convoca al Honorable Gran Consejo a movilizar los mecanismos establecidos por la Constitución Nacional para efectuar las reformas a la misma, derivadas de los cambios en la División Administrativa Bonaerense.

Art. 2 - Dichos mecanismos deberán ser puestos en marcha en un plazo menor a las 48 horas de publicado el presente decreto.

Art. 3 - La Reforma Constitucional se llevará a cabo unicamente sobre aquellos artículos que afecten directamente a la nueva división administrativa bonaerense según los siguientes parámetros:
a) Referencias a la antigua división administrativa debera ser actualizada, en lo referente a nomenclatura, limites territoriales, prerrogativas, derechos y obligaciones.
b) Referencias a la elección de cargos públicos en las antiguas divisiones administrativas deberán ser actualizadas, y adaptadas a la nueva situación.
c) Referencias a la composición de la Honorable Cámara de Senadores, deberá ser reorganizada en base a la nueva situación administrativa.
d) Por medio de disposición transitoria deberán promoverse los mecanismos para las próximas elecciones parlamentarias, teniendo en cuenta que la renovación es por partes, y que dada la nueva situación administrativa esta no podrá llevarse adelante de forma igual que en las elecciones anteriores. Deberá idearse un mecanismo justo y equitatuvo para todos los funcionarios públicos entrantes y salientes.
e) Toda referencia económica, social, cultural y política a las antiguas divisiones administrativas deberá ser reformada y actualizada de acuerdo a la nueva situación.

Art. 4 - Este decreto entra en vigencia a partir de su publicación.

Art. 5 -Comuníquese, publíquese, archívese.

Dra. Brenda Bierhoff - Primera Ministra

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