martes, 11 de enero de 2011

Decreto 001/11 Ruptura de Relaciones Diplomáticas con la R. D. de Cantabria

Por medio del Presente, el Poder Ejecutivo Nacional decreta:

Art. 1 - A partir del día de la fecha se declara formalmente la ruptura de relaciona diplomáticas con la República Departamental de Cantabria, cuyo motivo son los ultimos acontecimientos en dicha micronación.

Art. 2- Esta ruptura no tiene caracter de irrevocable, por cuanto las relaciones diplomáticas podrán ser reestablecidas, una vez que el Poder Ejecutivo Nacional determine que la situación en la República Departamental de Cantabria ha regresado a la normalidad institucional.

Art. 3 - El Poder Ejecutivo Nacional se atiene a las resolucionesa y determinaciones que adopte la Organización de Micronaciones Unidas a este respecto.

Art. 4 - Comuníquese, publíquese, archívese.

sábado, 10 de abril de 2010

Mensaje del P.E.N. 0005/2010

De Acuerdo a lo estipulado en la Constitución Nacional, a partir de la Reforma del 7 de Abril de 2010, sancionada según la Ley 3915, se procedió el día viernes 9 a la coronación de Duques y Barones de la nueva división administrativa del Reino de Buenos Aires.
En este marco, y según estipulan la legislación de los nuevos Ducados y Baronías, fueron coronados los siguientes Duques y Barones:

Ducado de Riviera Alta - S.M. Silvia I
Ducado de Riviera Baja - Arnoldo II
Ducado de Riviera Atlántica - Guillermo I
Ducado del Plata - Jorge I
Ducado de Patagones - Conrado III
Ducado de Mira Pampa - Katharina I
Ducado de Tres Arroyos - Ricardo II
Ducado de Azul - Federico IV
Baronía de Nueva Buenos Aires - Alberto I
Baronía de Nueva Baviera - S.M. Carolus I
Baronía de Stoltenhoff - Guillermina II


Dra. Brenda Bierhoff
Primera Ministra

martes, 23 de marzo de 2010

Decreto 003/10 Reforma Constitucional

Por cuanto la nueva situación adminmistrativa del Reino de Buenos Aires lo amerita, según lo estipulado en la Ley 3911 de División Administrativa del Reino de Buenos Aires, y de acuerdo a lo establecido en el Artículo 134 de la Constitución Nacional, el Poder Ejecutivo Nacional decide lo siguiente:

Art. 1 - Se convoca al Honorable Gran Consejo a movilizar los mecanismos establecidos por la Constitución Nacional para efectuar las reformas a la misma, derivadas de los cambios en la División Administrativa Bonaerense.

Art. 2 - Dichos mecanismos deberán ser puestos en marcha en un plazo menor a las 48 horas de publicado el presente decreto.

Art. 3 - La Reforma Constitucional se llevará a cabo unicamente sobre aquellos artículos que afecten directamente a la nueva división administrativa bonaerense según los siguientes parámetros:
a) Referencias a la antigua división administrativa debera ser actualizada, en lo referente a nomenclatura, limites territoriales, prerrogativas, derechos y obligaciones.
b) Referencias a la elección de cargos públicos en las antiguas divisiones administrativas deberán ser actualizadas, y adaptadas a la nueva situación.
c) Referencias a la composición de la Honorable Cámara de Senadores, deberá ser reorganizada en base a la nueva situación administrativa.
d) Por medio de disposición transitoria deberán promoverse los mecanismos para las próximas elecciones parlamentarias, teniendo en cuenta que la renovación es por partes, y que dada la nueva situación administrativa esta no podrá llevarse adelante de forma igual que en las elecciones anteriores. Deberá idearse un mecanismo justo y equitatuvo para todos los funcionarios públicos entrantes y salientes.
e) Toda referencia económica, social, cultural y política a las antiguas divisiones administrativas deberá ser reformada y actualizada de acuerdo a la nueva situación.

Art. 4 - Este decreto entra en vigencia a partir de su publicación.

Art. 5 -Comuníquese, publíquese, archívese.

Dra. Brenda Bierhoff - Primera Ministra

miércoles, 10 de marzo de 2010

Mensaje del P.E.N. o004/2010

El P.E.N. comunica que se elevará un proyecto en el día de mañana conforme a reorganizar la división administrativa del Reino de Buenos Aires, logrando así una mayor eficiencia en la gobernabilidad y distribución de recursos y esfuerzos.

Dra. Brenda Bierhoff
Primera Ministra

Mensaje del P.E.N. 0003/2010

El P.E.N. comunica que debido a la autodisolución de las micronaciones de Finismund y Gnostopia, nos vemos en la obligación de dar por finalizados los tratados firmados con ambos estados.
Por tanto, el Reino de Buenos Aires declara anulados todos los tratados firmados con la Micronación Virtual Gnostopia y el Reino de Finismund con anterioridad a esta fecha y procederá al cierre de embajadas.
Dada la excelente relación con ambas micronaciones, esta decisión puede ser revocada si alguna de ellas volviese a la actividad, y siempre que este eventual reinicio de relaciones diplomáticas, no contravenga compromisos adquiridos a partir de la fecha.

Dra. Brenda Bierhoff
Primera Ministra

Mensaje del P.E.N. Nº 0002/2010

El P.E.N. Resuelve en el día de hoy anular todos los tratados, convenios, acuerdos y cualquier otro tipo de documentación oficial firmada con el Imperio Destroy con anterioridad a esta fecha.
Por tanto, el Reino de Buenos Aires deja de reconocer como micronación al Imperio Destroy, procediendo al cierre de embajadas.

Dra. Brenda Bierhoff - Primera Ministra

viernes, 5 de marzo de 2010

Decreto 002/10 Disolución de la Agencia Aeroespacial Bonaerense

Por cuanto la inutilidad e inverosimilidad de la manutención de una Agencia Aeroespacial en el desarrollo del proyecto micronacional bonaerense, el Poder Ejecutivo Nacional decreta:

Art. 1 - Dase por disuelta la Agencia Aeroespacial Bonaerense, como así tambien sus dependencias y divisiones.

Art. 2 - Toda la información de la Agencia Aeroespacial Bonaerense se salvaguardará en un Museo creado a tal efecto.

Art. 3 - En su lugar, se crea La Secretaría de Investigaciones Aeroespaciales, con competencias puramente educativas e investigativas, de cara al desarrollo cultural del Reino.

Art. 4 - La Secretaria de Investigaciones Aeroespaciales, pasará a Depender del Ministerio de Ciencia y Tecnología.

Art. 5 - El antiguo sitio web de la Agencia Aeroespacial Bonaerense, se reutilizara para alojar a la nueva Secretaria.

Art. 6 - Los funcionarios de la Agencia Aeroespacial Bonaerense serán reubicados en diversas tareas del gobierno nacional, o en su defecto, serán indemnizados proporcionalmente a sus cargos y funciones.

Art. 7 - Esta medida toma efecto a partir de su publicación.

Art. 8 - Comuníquese, Publíquese, Archívese.

Dra. Brenda Bierhoff - Primera Ministra