Por medio del Presente, el Poder Ejecutivo Nacional decreta:
Art. 1 - A partir del día 28 de Septiembre del corriente año entra nuevamente en vigor y retoman sus actividades los poderes establecidos por la Constitución Nacional.
Art. 2 - El Poder Legislativo envestido en el Honorable Gran Consejo funcionara en su sede habitual teniendo los legisladores activos a julio de 2011 un lapso de 30 días para presentarse nuevamente a su cargo. Luego de este periodo se queda a criterio de los poderes establecidos la disposición de tales vacantes hasta tanto se celebren las elecciones del 1° de Noviembre de 2017.
Art. 2 - El Poder Legislativo envestido en el Honorable Gran Consejo funcionara en su sede habitual teniendo los legisladores activos a julio de 2011 un lapso de 30 días para presentarse nuevamente a su cargo. Luego de este periodo se queda a criterio de los poderes establecidos la disposición de tales vacantes hasta tanto se celebren las elecciones del 1° de Noviembre de 2017.
Art. 3 - Queda asimismo reinaugurado el periodo judicial 2017 y los respectivos poderes competentes, siendo los jueces de la corte los encargados de determinar el estado y disposición de las vacantes de los juzgados del Reino.
Art. 4 - Comuníquese, publíquese, archívese.